García Máynez define a la ontología formal del derecho como el conjunto sistemático de principios apriorísticos, válidos universalmente, que expresan una serie de conexiones esenciales entre las grandes formas de manifestación de la conducta jurídicamente regulada: lo prohibido, lo ordenado, lo permitido y lo potestativo.
A diferencia de estos principios, los de la lógica jurídica se refieren a las normas reguladoras de tal conducta. Por ello, las proposiciones de la ontología formal del derecho y los principios de la lógica jurídica no dependen de los contenidos históricos de tal o cual ordenamiento positivo, ni pueden ser derogados por las palabras rectificadoras de ningún legislador.
Mediante la imposición de deberes y el otorgamiento de facultades, el derecho regula la conducta humana y, por tanto, necesariamente se traduce en una serie de prohibiciones y permisiones. Así, partiendo de la distinción entre lo prohibido y lo permitido, en la presente obra el autor analiza y describe, tanto los principios supremos de la ontología formal del derecho como los principios lógico-jurídicos supremos.